Autorizan a la Universidad Nacional de La Plata a operar su canal de televisión abierta
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Autorizan a la Universidad Nacional de La Plata a operar su canal de televisión abierta
La inauguración formal se realizó con la emisión del documental "Libertad", un filme que registra la experiencia del viaje de las primeras oficiales mujeres de la Armada Argentina en un viaje de instrucción de cinco meses alrededor del mundo
La Biblioteca Pública de la Universidad sirvió de escenario para un acontecimiento histórico en la vida de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), ya que se iniciaron las transmisiones de "TV Universidad Canal Abierto" la señal televisiva de la casa de estudios, que se emitirá en el canal 41, como integrante del Consejo Federal de Televisión Pública.
La inauguración formal se realizó con la emisión del documental "Libertad", un filme que registra la experiencia del viaje de las primeras oficiales mujeres de la Armada Argentina en un viaje de instrucción de cinco meses alrededor del mundo. Se trata de la primera producción integral del Canal Universitario, realizada por la documentalista egresada de la Facultad de Periodismo, Macarena Deluca.
Durante el acto, el rector de la casa de estudios, Fernando Tauber, expresó que “este es un momento de tremenda expectativa comunicacional, y nosotros desde la Universidad que es naturalmente un espacio para debatir ideas, apoyamos con convicción la Ley de servicios Audiovisuales como un hecho fundamental para la construcción de la democracia. Este lanzamiento del canal Universitario –agregó- genera una herramienta más para acercarse a la gente, para involucrarnos con la comunidad, ya que un canal de la región traduce una dimensión de nuestro territorio; en este sentido avanzamos en la responsabilidad de formar ciudadanos”.
Además indicó que "las universidades nacionales vienen bregando hace muchos años por el desarrollo de políticas comunicacionales que potencian el mensaje de la universidad".
Hoy el Boletín Oficial publica:
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
Resolución Nº 319/2010
Bs. As., 19/10/2010
Visto el Expediente Nº 533-ComFeR/89, y
Considerando:
Que a través del dictado del Decreto Nº 162/94 se autorizó a la Universidad Nacional de La Plata a la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de televisión abierta en la banda de UHF, en la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires.
Que el artículo 2º del prenotado decreto asignó al servicio referido en el considerando precedente, el canal 25 en la banda de UHF, con categoría D, identificado con la señal distintiva LRI 528.
Que, por su parte, por Resolución Nº 813-ComFeR/09 se autorizó a Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado a la utilización de los canales 22, 23, 24 y 25 de la banda referida anteriormente, en todo el ámbito de la Republica Argentina, para la implementación del servicio de televisión abierta digital.
Que, así las cosas, se solicitó la intervención de la Comisión Nacional de Comunicaciones, a los efectos de procurar una nueva reserva de parámetros al servicio autorizado de que se trata, en sustitución de los asignados por Decreto Nº 162/94, que quedará condicionada a las diversas medidas que resultarán dable implementar en el marco del proceso de reordenamiento de la banda de UHF, iniciado por Nota CNC Nº 381/09 y necesaria en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº 1148/09.
Que, el citado organismo técnico asignó, a través del TRECNC Nº 29624/10, el canal 41, con categoría D (60 dBu a 15 kilómetros), de acuerdo a la normativa vigente, con un nulo de radiación hacia la Ciudad Autonoma De Buenos Aires.
Que, por lo expuesto corresponde proceder a la modificación de los parámetros originariamente asignados a la Universidad Nacional de La Plata, en ejercicio de las facultades acordadas por el artículo 90 de la Ley Nº 26.522, en orden a la variación de los parámetros técnicos de las emisoras de radiodifusión.
Que por su parte, el artículo 88 de la reglamentación de la Ley Nº 26.522, aprobada por Decreto Nº 1225/10, establece la adaptación progresiva de los planes técnicos vigentes al tiempo de su dictado.
Que con fecha 18 de octubre de 2010 comenzó oficialmente la distribución de la señal de LS82 TV Canal 7, a través de las torres de transmisión instaladas en diversas localidades, entre las cuales se encuentra la ciudad de La Plata, en el marco de lo establecido por los Decretos Nros. 1148/09, 364/10 y 1010/10.
Que tal extremo justifica la urgencia en la adopción de la presente medida, ad referéndum del Directorio, en el marco de lo establecido por el artículo 5º, apartado 4 del Reglamento de Funcionamiento Interno del Directorio de este Organismo, aprobado por la Resolución Nº 312-AFSCA/10.
Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 12, inciso 18, y 90 de la Ley Nº 26.522.
Por ello,
El Presidente del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
Resuelve:
Articulo 1º - Sustitúyase la asignación efectuada mediante Decreto Nº 162/94 correspondiente a la autorización conferida para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de televisión abierta en la banda de UHF, en la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, cuyo titular es la Universidad Nacional De La Plata, por el canal 41, con categoría D (60 dBu a 15 kilómetros), de acuerdo a la normativa vigente, con un nulo de radiación hacia la Ciudad Autonoma De Buenos Aires.
Articulo 2º - Establécese la provisoriedad de la asignación efectuada por el artículo que antecede, que quedará sujeta a las diversas medidas que resultarán dable implementar en el marco del proceso de reordenamiento de la banda de UHF, iniciado por Nota CNC Nº 381/09 y necesaria en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº 1148/09.
Articulo 3º - Autorízase al servicio indicado en el artículo 1º de la presente, en forma experimental, a emitir en el sistema de ISDB-T.
Articulo 4º - Comuníquese lo resuelto en la presente a la Comisión Nacional de Comunicaciones.
Articulo 5º - Establécese que la presente medida se dicta ad referéndum del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.
Articulo 6º - Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese.
Lic. Juan Gabriel Mariotto, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Fuente: http://seniales.blogspot.com/2010/10/autorizan-la-universidad-nacional-de-la.html
La Biblioteca Pública de la Universidad sirvió de escenario para un acontecimiento histórico en la vida de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), ya que se iniciaron las transmisiones de "TV Universidad Canal Abierto" la señal televisiva de la casa de estudios, que se emitirá en el canal 41, como integrante del Consejo Federal de Televisión Pública.
La inauguración formal se realizó con la emisión del documental "Libertad", un filme que registra la experiencia del viaje de las primeras oficiales mujeres de la Armada Argentina en un viaje de instrucción de cinco meses alrededor del mundo. Se trata de la primera producción integral del Canal Universitario, realizada por la documentalista egresada de la Facultad de Periodismo, Macarena Deluca.
Durante el acto, el rector de la casa de estudios, Fernando Tauber, expresó que “este es un momento de tremenda expectativa comunicacional, y nosotros desde la Universidad que es naturalmente un espacio para debatir ideas, apoyamos con convicción la Ley de servicios Audiovisuales como un hecho fundamental para la construcción de la democracia. Este lanzamiento del canal Universitario –agregó- genera una herramienta más para acercarse a la gente, para involucrarnos con la comunidad, ya que un canal de la región traduce una dimensión de nuestro territorio; en este sentido avanzamos en la responsabilidad de formar ciudadanos”.
Además indicó que "las universidades nacionales vienen bregando hace muchos años por el desarrollo de políticas comunicacionales que potencian el mensaje de la universidad".
Hoy el Boletín Oficial publica:
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
Resolución Nº 319/2010
Bs. As., 19/10/2010
Visto el Expediente Nº 533-ComFeR/89, y
Considerando:
Que a través del dictado del Decreto Nº 162/94 se autorizó a la Universidad Nacional de La Plata a la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de televisión abierta en la banda de UHF, en la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires.
Que el artículo 2º del prenotado decreto asignó al servicio referido en el considerando precedente, el canal 25 en la banda de UHF, con categoría D, identificado con la señal distintiva LRI 528.
Que, por su parte, por Resolución Nº 813-ComFeR/09 se autorizó a Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado a la utilización de los canales 22, 23, 24 y 25 de la banda referida anteriormente, en todo el ámbito de la Republica Argentina, para la implementación del servicio de televisión abierta digital.
Que, así las cosas, se solicitó la intervención de la Comisión Nacional de Comunicaciones, a los efectos de procurar una nueva reserva de parámetros al servicio autorizado de que se trata, en sustitución de los asignados por Decreto Nº 162/94, que quedará condicionada a las diversas medidas que resultarán dable implementar en el marco del proceso de reordenamiento de la banda de UHF, iniciado por Nota CNC Nº 381/09 y necesaria en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº 1148/09.
Que, el citado organismo técnico asignó, a través del TRECNC Nº 29624/10, el canal 41, con categoría D (60 dBu a 15 kilómetros), de acuerdo a la normativa vigente, con un nulo de radiación hacia la Ciudad Autonoma De Buenos Aires.
Que, por lo expuesto corresponde proceder a la modificación de los parámetros originariamente asignados a la Universidad Nacional de La Plata, en ejercicio de las facultades acordadas por el artículo 90 de la Ley Nº 26.522, en orden a la variación de los parámetros técnicos de las emisoras de radiodifusión.
Que por su parte, el artículo 88 de la reglamentación de la Ley Nº 26.522, aprobada por Decreto Nº 1225/10, establece la adaptación progresiva de los planes técnicos vigentes al tiempo de su dictado.
Que con fecha 18 de octubre de 2010 comenzó oficialmente la distribución de la señal de LS82 TV Canal 7, a través de las torres de transmisión instaladas en diversas localidades, entre las cuales se encuentra la ciudad de La Plata, en el marco de lo establecido por los Decretos Nros. 1148/09, 364/10 y 1010/10.
Que tal extremo justifica la urgencia en la adopción de la presente medida, ad referéndum del Directorio, en el marco de lo establecido por el artículo 5º, apartado 4 del Reglamento de Funcionamiento Interno del Directorio de este Organismo, aprobado por la Resolución Nº 312-AFSCA/10.
Que la Dirección General de Asuntos Legales y Normativa ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 12, inciso 18, y 90 de la Ley Nº 26.522.
Por ello,
El Presidente del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
Resuelve:
Articulo 1º - Sustitúyase la asignación efectuada mediante Decreto Nº 162/94 correspondiente a la autorización conferida para la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de televisión abierta en la banda de UHF, en la ciudad de La Plata, provincia de Buenos Aires, cuyo titular es la Universidad Nacional De La Plata, por el canal 41, con categoría D (60 dBu a 15 kilómetros), de acuerdo a la normativa vigente, con un nulo de radiación hacia la Ciudad Autonoma De Buenos Aires.
Articulo 2º - Establécese la provisoriedad de la asignación efectuada por el artículo que antecede, que quedará sujeta a las diversas medidas que resultarán dable implementar en el marco del proceso de reordenamiento de la banda de UHF, iniciado por Nota CNC Nº 381/09 y necesaria en orden a lo dispuesto por el Decreto Nº 1148/09.
Articulo 3º - Autorízase al servicio indicado en el artículo 1º de la presente, en forma experimental, a emitir en el sistema de ISDB-T.
Articulo 4º - Comuníquese lo resuelto en la presente a la Comisión Nacional de Comunicaciones.
Articulo 5º - Establécese que la presente medida se dicta ad referéndum del Directorio de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, por las razones expuestas en los considerandos de la presente.
Articulo 6º - Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese.
Lic. Juan Gabriel Mariotto, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Fuente: http://seniales.blogspot.com/2010/10/autorizan-la-universidad-nacional-de-la.html
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